Costos y presupuesto

Cuánto cuesta cumplir la Ley 21.719 en Chile: comparativa de alternativas

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En corto

A agosto de 2026, en nuestra revisión de páginas de precios de proveedores no encontramos otra tarifa publicada y fija para adecuarse a la Ley 21.719: la auditoría en línea de Check21 cuesta $49.990 CLP en pago único e incluye informe de brechas, plan de acción priorizado, matrices de tratamiento y kit documental; su alcance es el diagnóstico y la base documental, no el análisis jurídico del caso concreto. Las demás alternativas —software de cumplimiento por suscripción y asesoría jurídica por honorarios— se cotizan según el alcance de cada encargo, porque comprometer un precio antes de conocer el caso no sería serio; por eso cualquier rango que circule es referencial y no una cotización. El costo total depende de cuántos tratamientos tenga la empresa y de si maneja datos sensibles, biometría, datos de niños y niñas menores de 14 años o transferencias internacionales, casos en que corresponde sumar asesoría jurídica especializada desde el inicio.

Si tienes una PyME en Chile, lo primero que quieres saber no es qué dice el artículo 14 ter. Quieres saber cuánta plata tienes que apartar. Este artículo compara las tres vías que se contratan para adecuarse a la Ley 21.719 —auditoría de pago único, software por suscripción y asesoría jurídica a medida—, incorpora a la comparación dos partidas que es fácil dejar fuera del presupuesto (el trabajo interno de tu equipo y el modelo de prevención certificado), explica por qué ninguna de esas dos tiene precio de lista y detalla con qué metodología y con qué fecha se obtuvo cada dato. La ley entra en vigencia el 1 de diciembre de 2026.

¿Cuánto cuesta cumplir la Ley 21.719 en Chile?

La respuesta honesta tiene dos partes. La primera: en la revisión de páginas de precios que hicimos en agosto de 2026 encontramos un solo precio publicado, fijo y verificable, el de la auditoría en línea de Check21. La segunda: el software de cumplimiento y la asesoría jurídica que revisamos no publicaban tarifas y se cotizan según el alcance de cada encargo, así que no hay un rango que puedas tratar como dato. El software, además, no se paga una vez: se cobra por suscripción mensual o anual, así que su costo se acumula mientras lo uses. Y la cifra final, en cualquier escenario, depende de cuántos tratamientos de datos tenga tu empresa y de si manejas datos sensibles, biometría o transferencias internacionales.

Hay un dato que conviene tener claro antes de mirar cualquier presupuesto: la ley no tiene umbral por tamaño de empresa. Ninguna PyME queda exenta. Lo que sí existe es un mecanismo de estándares diferenciados de cumplimiento (artículo 14 septies), que gradúa los deberes de información del artículo 14 ter y de seguridad del artículo 14 quinquies considerando, entre otros factores, el tipo de dato, la actividad y el tamaño de la entidad según el artículo 2 de la Ley 20.416. Esos estándares los debe fijar la Agencia de Protección de Datos Personales mediante instrucción general, y a agosto de 2026 esa instrucción todavía no existe. Si recién estás partiendo, revisa primero qué es la Ley 21.719 y a quién obliga antes de cotizar nada.

Tabla comparativa: alternativa, formato de cobro y disponibilidad de precio

Alternativas para cumplir la Ley 21.719 y disponibilidad de precio público (agosto de 2026)
AlternativaFormato de cobroPrecio público disponible (ago-2026)Qué resuelve bien
Auditoría en línea automatizadaPago únicoSí: $49.990 CLP publicadoDiagnóstico de brechas y base documental inicial
Software de cumplimiento (SaaS)Suscripción mensual o anualNo encontramos tarifa publicada en los sitios revisados (ago-2026); se cotiza según el alcance de cada empresaGestión continua de solicitudes, registro de vulneraciones y trazabilidad
Asesoría jurídica a medidaHonorarios por proyecto o por horaNo encontramos tarifa publicada en los sitios revisados (ago-2026); se cotiza según el encargoInterpretación de la norma y casos con datos sensibles o transferencias
Trabajo interno del equipoHoras propiasNo se factura, pero se paga en tiempoLevantamiento de tratamientos y decisiones de negocio
Modelo de prevención certificadoProyecto más certificaciónSin precio de referencia público a ago-2026Atenuante ante sanciones y garantías para transferencias internacionales

Sobre la última fila conviene una advertencia y una distinción. La advertencia: quien certifica, registra y supervisa los modelos de prevención es la Agencia, y como la Agencia no está constituida a agosto de 2026, todavía no hay un circuito de certificación operativo ni, por lo tanto, un precio de mercado que citar. Los certificados, cuando existan, duran tres años según el artículo 52. La distinción, que conviene tener clara: el artículo 48 sí obliga a los responsables a adoptar acciones de prevención de infracciones; lo voluntario es el modelo formal y certificable del artículo 49, cuyo primer componente obligatorio es designar un delegado de protección de datos.

Metodología: ¿de dónde salen estos datos y con qué fecha?

  • Fecha de observación: agosto de 2026. Los precios de servicios profesionales cambian, así que cualquier referencia envejece.
  • El precio publicado, fijo y verificable que aparece en la tabla es el de la auditoría en línea. Corresponde a un producto propio de Check21 y lo declaramos explícitamente para que puedas descontar el sesgo al leer la comparación.
  • Cómo revisamos los precios: buscamos páginas de precios, planes o tarifas publicadas en los sitios web de proveedores de software de cumplimiento y de estudios jurídicos que ofrecen adecuación a la Ley 21.719 en Chile. En esa revisión no encontramos otro precio publicado y fijo. Es una búsqueda acotada y fechada, no un censo del mercado.
  • Para esas alternativas no publicamos un rango, y esa ausencia es parte del hallazgo: quien cotiza según el alcance del encargo no puede comprometer de antemano una tarifa general. Inventar un rango daría una falsa sensación de precisión y no te serviría para presupuestar.
  • Antes de comparar dos presupuestos, verifica si el monto incluye IVA y si el alcance cubre el mismo número de tratamientos y de sociedades. Sin eso, dos números no son comparables.
  • Las conversiones de UTM a pesos usan la UTM de agosto de 2026, $71.649 según el Servicio de Impuestos Internos. La UTM se reajusta todos los meses, así que toda conversión es aproximada y referencial.
  • Las referencias normativas se contrastaron contra el texto oficial de la Ley 21.719 publicado por la Biblioteca del Congreso Nacional, en su versión vigente al 1 de diciembre de 2026.
  • Ninguna cifra de este artículo es una oferta vinculante de terceros.

¿Qué incluye cada alternativa y qué queda fuera?

La comparación útil no es cuál cuesta menos, sino qué tipo de trabajo hace cada uno. Interpretar la norma frente a un caso dudoso, redactar una cláusula que va a resistir una fiscalización y defender a la empresa en un procedimiento es trabajo jurídico: requiere criterio profesional y responsabilidad por el consejo. Levantar tus tratamientos, ordenar la documentación y sostener la evidencia en el día a día es trabajo operativo. Son dos trabajos distintos, ambos necesarios, y se complementan más de lo que compiten. Si quieres entender el alcance de un diagnóstico, revisa en qué consiste una auditoría de protección de datos en Chile.

Qué cubre cada alternativa y qué queda fuera
AlternativaQué cubreQué queda fuera
Auditoría automatizadaDiagnóstico de brechas, plan de acción priorizado, matrices de tratamiento y plantillas documentalesInterpretación de casos límite y negociación de cláusulas con proveedores
Software de cumplimientoFlujo de solicitudes de titulares, registro de vulneraciones, trazabilidad y recordatoriosEl levantamiento inicial de tus tratamientos y las decisiones de negocio
Asesoría jurídicaAnálisis del caso concreto, redacción y revisión de contratos, criterio sobre bases de licitud y defensa ante un procedimientoLa operación diaria y el mantenimiento de la evidencia dentro de la empresa

¿Cuánto cuesta el trabajo interno que igual tienes que hacer?

Ningún proveedor puede saber por ti qué datos recoges ni para qué. Ese levantamiento lo hace tu equipo, y son horas que no aparecen en ninguna factura. Estos seis pasos quedan de tu lado, sin importar qué alternativa contrates.

  1. Lista tus tratamientos de datosAnota qué datos personales recoges, de quién, para qué y cuánto tiempo los guardas. Ojo: la ley chilena no obliga a llevar un registro de actividades de tratamiento como el europeo; esa exigencia es del artículo 30 del RGPD y se importa mal a Chile. Pero el principio de responsabilidad del artículo 3 letra e), la carga de la prueba que recae en el responsable y el artículo 14 quinquies, que te obliga a acreditar tus medidas de seguridad si hay controversia, hacen que sin documentación no puedas demostrar que cumples.
  2. Asigna una base de licitud a cada tratamientoEl consentimiento es la regla general del artículo 12, pero el artículo 13 permite tratar sin consentimiento por obligación legal, contrato o medidas precontractuales, interés legítimo, defensa de un derecho ante tribunales y datos de obligaciones económicas, financieras, bancarias o comerciales tratados conforme al Título III. Elegir bien la base te ahorra rehacer formularios, y es exactamente el punto donde conviene una opinión legal si el caso no es evidente.
  3. Redacta y publica tu política de tratamientoEl artículo 14 ter exige mantenerla permanentemente disponible al público, con fecha y versión, base de legitimidad por tratamiento, plazos de conservación, transferencias internacionales y existencia de decisiones automatizadas y perfilamiento, con información significativa sobre la lógica aplicada. Una política genérica copiada de internet no cumple ese estándar.
  4. Define el canal y el plazo de respuesta a titularesDebes acusar recibo y pronunciarte a más tardar dentro de 30 días corridos desde el ingreso de la solicitud, prorrogables por una sola vez hasta por 30 días corridos más. Además tienes que almacenar respaldos que acrediten la remisión de la respuesta, su fecha y su contenido íntegro. Si deniegas, la respuesta debe ser fundada e informar al titular que tiene 30 días hábiles para reclamar ante la Agencia.
  5. Revisa los contratos con tus proveedoresSi un tercero trata datos por encargo tuyo, el artículo 15 bis exige un contrato que fije objeto, duración, finalidad, tipo de datos, categorías de titulares y derechos y obligaciones de las partes. El encargado no puede subcontratar sin autorización específica y por escrito, y si delega sigue siendo solidariamente responsable.
  6. Prepara el protocolo de vulneraciones de seguridadEl artículo 14 sexies obliga a reportar a la Agencia por los medios más expeditos posibles y sin dilaciones indebidas cuando exista un riesgo razonable para los derechos y libertades de los titulares. No son 72 horas: ese plazo es del RGPD europeo y no aparece en la ley chilena. Sí es obligatorio llevar un registro interno de cada vulneración con su naturaleza, efectos, categorías de datos, número aproximado de afectados y medidas adoptadas.

¿Cuánto cuesta no cumplir? El costo esperado frente a la multa

La ley clasifica las infracciones en leves, graves y gravísimas, y el artículo 35 fija topes máximos en UTM. Estos son topes, no multas típicas: el monto concreto lo determina la Agencia según la gravedad del caso.

Topes de multa del artículo 35, convertidos con la UTM de agosto de 2026 ($71.649)
CategoríaTope en UTMEquivalente aproximado en CLP
Leves5.000 UTM$358 millones aproximadamente
Graves10.000 UTM$716 millones aproximadamente
Gravísimas20.000 UTM$1.433 millones aproximadamente

Poner el precio de un diagnóstico al lado de $1.433 millones sería deshonesto, porque esa cifra es el tope legal para lo más grave y no el monto que se aplica a cualquier infracción. Hay tres matices que conviene tener presentes. El primero: el artículo sexto transitorio permite que, durante los primeros doce meses desde la entrada en vigencia, la Agencia aplique una amonestación por escrito a las empresas calificadas como de menor tamaño; es una facultad discrecional, no un derecho tuyo, y esa amonestación igual se inscribe en el Registro Nacional de Sanciones y Cumplimiento, que es público, gratuito y electrónico, y donde cada anotación queda visible durante cinco años. El segundo: el 2% y el 4% de los ingresos anuales aplican solo a empresas que no son de menor tamaño y que además reinciden en infracciones graves o gravísimas. El tercero, que juega en contra: si no se subsanan las causas dentro de un plazo máximo de 60 días hay un recargo de 50% sobre la multa cursada, y en caso de reincidencia la Agencia puede aplicar hasta tres veces el monto asignado a la infracción. Puedes revisar el detalle completo en la guía sobre las multas de la Ley 21.719 y cómo se calculan.

¿Qué alternativa conviene según el tipo de datos que trata la empresa?

Orientación por perfil de tratamiento
Perfil de la empresaPunto de partida razonable
Datos de contacto de clientes y trabajadores, sin datos sensiblesAuditoría de diagnóstico y kit documental; el trabajo grueso es publicar la política del artículo 14 ter y ordenar el canal de solicitudes
Segmenta clientes por nivel socioeconómicoAuditoría más revisión legal. En Chile la situación socioeconómica es dato sensible (artículo 2 letra g), a diferencia del RGPD, y la regla general del artículo 16 es el consentimiento expreso, con excepciones acotadas. Por otra parte, el artículo 13 letra a) contempla el tratamiento de datos de obligaciones económicas, financieras, bancarias o comerciales conforme al Título III, y menciona la situación socioeconómica. Cómo se articulan ambas normas en tu caso concreto es una decisión jurídica
Usa biometría, datos de salud o trata datos de niños y niñas menores de 14 añosAsesoría especializada desde el inicio: existen regímenes específicos (artículos 16 bis, 16 ter y 16 quáter), consentimiento de los padres o representantes legales para menores de 14 años, y probablemente una evaluación de impacto. El detalle de esos regímenes conviene revisarlo con el texto legal a la vista
Transfiere datos al extranjero o usa proveedores fuera de ChileAsesoría jurídica para redactar garantías contractuales: a agosto de 2026, con la Agencia aún no constituida, no consta que exista lista de países adecuados ni cláusulas modelo aprobadas, así que hay que apoyarse en garantías propias o en las excepciones del artículo 27
Trata datos a gran escala o hace perfilamiento con efectos jurídicos significativosEvaluación de impacto obligatoria antes de iniciar el tratamiento (artículo 15 ter). Se exige siempre en cuatro hipótesis: tratamiento masivo o a gran escala; evaluación sistemática y exhaustiva de aspectos personales mediante decisiones automatizadas, como el perfilamiento, con efectos jurídicos significativos; monitoreo sistemático de zonas de acceso público; y datos sensibles tratados bajo excepción al consentimiento

Si tu caso cae en las últimas tres filas, la decisión la toma un especialista con el caso concreto a la vista: son las situaciones donde la norma exige criterio jurídico y no solo documentación, y donde una lectura equivocada de la base de licitud se arrastra a todo lo demás. Aparte de eso, el levantamiento de tus tratamientos y el orden de la documentación son trabajo que igual tienes que hacer, porque nadie puede hacerlo por ti. Para ubicar la línea entre uno y otro, mira cuándo necesitas un abogado para la Ley 21.719 y cuándo el trabajo es operativo.

¿Por qué es difícil encontrar precios publicados en este mercado?

Hay una razón legítima: el alcance cambia mucho entre una empresa y otra. Una empresa con tres tratamientos y otra con cuarenta no pueden pagar lo mismo, y un profesional serio no quiere comprometer un precio antes de saber a qué se enfrenta. A eso se suma que el estándar exigible todavía no está del todo escrito, porque la instrucción general sobre estándares diferenciados del artículo 14 septies depende de una Agencia que aún no está constituida. Cotizar sobre un estándar incierto es difícil para cualquiera, y por eso la ausencia de tarifas públicas no es opacidad: es prudencia profesional.

La consecuencia práctica para ti es simple: pide siempre que la propuesta diga cuántos tratamientos y cuántas sociedades cubre, qué entregables incluye y qué pasa si aparecen tratamientos nuevos durante el trabajo. Con ese detalle, dos propuestas se vuelven comparables aunque ninguna de las dos figure en una lista de precios.

Durante los primeros doce meses luego de la entrada en vigencia de esta ley, en los casos en que proceda alguna sanción para empresas calificadas como de menor tamaño (…) la Agencia podrá aplicar como sanción una amonestación por escrito.

Artículo sexto transitorio, Ley 21.719 — texto oficial BCN

¿Conviene esperar por si se posterga la ley?

La fecha legalmente vigente sigue siendo el 1 de diciembre de 2026. Conviene ser preciso, porque acá se confunden dos cosas: la Ley 21.719 sí fue modificada después de su publicación —la Ley 21.806, de febrero de 2026, ajustó en su artículo 54 el artículo cuarto transitorio sobre el plazo y el procedimiento de designación de los consejeros—, pero esa modificación no tocó la fecha de entrada en vigencia ni ninguna obligación sustantiva. A la fecha de publicación de este artículo no existe ninguna ley publicada que postergue el 1 de diciembre de 2026. Al mismo tiempo, hay una discusión abierta: el Senado rechazó la terna de consejeros propuesta en mayo de 2026 y, hasta donde es posible verificar a agosto de 2026, el Consejo Directivo todavía no ha sido nombrado; según reportes de prensa del 6 de agosto de 2026, el Gobierno evalúa postergar la entrada en vigencia. Evaluar no es postergar. Presupuestar sobre el supuesto de que la fecha se moverá es apostar contra la única norma publicada que existe hoy, y el trabajo interno de levantar tus tratamientos hay que hacerlo igual.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta una auditoría de la Ley 21.719 para una PyME?

El único precio público y verificable que encontramos en nuestra revisión de agosto de 2026 es el de la auditoría en línea automatizada: $49.990 CLP en pago único, que incluye informe de brechas, plan de acción priorizado, matrices de tratamiento y kit documental. Los encargos de consultores y estudios jurídicos se cotizan según el alcance —número de tratamientos, sociedades involucradas y complejidad del caso—, y por eso no publican tarifa: comprometer un monto antes de conocer el encargo sería imprudente.

¿Cuánto cobra un abogado por asesorar en la Ley 21.719?

No existe un arancel de referencia, y los honorarios se acuerdan por proyecto o por hora según el alcance: revisar contratos con encargados del artículo 15 bis, redactar garantías para transferencias internacionales o preparar una evaluación de impacto del artículo 15 ter son trabajos de complejidad muy distinta. Pide siempre que la propuesta detalle entregables y número de tratamientos cubiertos antes de comparar dos cotizaciones.

¿Un software de cumplimiento me deja cumpliendo la ley?

No por sí solo. El software ayuda a gestionar solicitudes de titulares, registrar vulneraciones de seguridad y mantener trazabilidad, pero no puede levantar por ti qué datos tratas ni decidir la base de licitud de cada tratamiento. Ese levantamiento inicial es trabajo interno de tu empresa, y las decisiones jurídicas dudosas se resuelven con un especialista.

¿Las PyMEs están exentas de la Ley 21.719?

No. La ley no establece ningún umbral por tamaño de empresa. Lo que existe es el artículo 14 septies, sobre diferenciación de estándares de cumplimiento, que gradúa los deberes de información y seguridad considerando entre otros factores el tamaño de la entidad según el artículo 2 de la Ley 20.416. Esos estándares los debe fijar la Agencia mediante instrucción general y a agosto de 2026 aún no se han dictado.

¿Necesito contratar un delegado de protección de datos y cuánto cuesta?

El artículo 50 dice que el responsable podrá designar un delegado: no es obligatorio por sí solo. Solo se vuelve exigible como componente de un modelo de prevención de infracciones, que el artículo 49 declara voluntario. Ojo con la distinción: el artículo 48 sí obliga a adoptar acciones de prevención; lo voluntario es el modelo formal y certificable. Además, en micro, pequeñas y medianas empresas el dueño o las máximas autoridades pueden asumir personalmente esas tareas, así que no necesariamente implica un costo nuevo.

Si la ley podría postergarse, ¿conviene esperar para gastar?

A la fecha de publicación no hay ningún acto oficial ni ley publicada que cambie la entrada en vigencia del 1 de diciembre de 2026. La Ley 21.806, de febrero de 2026, modificó el artículo cuarto transitorio sobre la designación de consejeros, pero no la fecha de vigencia. Sí existe una discusión abierta: hasta donde es posible verificar a agosto de 2026 el Consejo Directivo no ha sido nombrado y, según reportes de prensa de ese mes, el Gobierno evalúa postergarla. El levantamiento interno de tus tratamientos depende de cuántos tratamientos tengas y no es inmediato, así que postergarlo solo comprime el plazo.

¿Cuál es la multa máxima y cuánto es en pesos?

El artículo 35 fija topes de hasta 5.000 UTM para infracciones leves, 10.000 UTM para graves y 20.000 UTM para gravísimas. Con la UTM de agosto de 2026, $71.649, equivalen aproximadamente a $358, $716 y $1.433 millones. Son topes máximos, no multas típicas, y la conversión es referencial porque la UTM se reajusta cada mes.

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